El plazo para presentar la declaración jurada anual del impuesto a la renta de las personas físicas (IRPF) correspondiente al periodo 2023, será desde el 8 de julio al 29 de agosto del 2024, según el calendario de vencimientos publicado por DGI.
El IRPF es un impuesto anual que grava las rentas de las personas físicas residentes con un sistema dual; por un lado, están las rentas puras de capital (categoría I) y por el otro las rentas puras de trabajo (categoría II). Pudiendo en este último ejercer la opción por núcleo familiar los cónyuges sin separación de bienes ni capitulaciones matrimoniales y los concubinos reconocidos judicialmente, siempre y cuando ninguno sea contribuyente de IRAE, IRNR, IMEBA, IASS.
¿Quiénes están obligados a presentar la declaración jurada?
· Los trabajadores dependientes que tengan más de un empleo y hayan obtenido ingresos nominales superiores a $881.055 durante el año 2023.
· Quienes tuvieron un único empleador en el año 2023, superaron dicho ingreso, pero en diciembre no recibieron ingresos.
· Quienes optaron por la reducción del 5% en los anticipos por el núcleo familiar.
· Profesionales y no profesionales que hayan prestado servicios personales fuera de la relación de dependencia y no tributaron IRAE por dichos servicios.
· Quienes hayan obtenido rentas de capital no sujetas al pago de impuesto vía retención.
¿Qué declaración deben presentar?
· Quienes optaron por persona física deberán presentar el formulario 1102.
· Quienes optaron por núcleo familiar deberán presentar el formulario 1103.
Las mismas se encontrarán disponibles en la página web de DGI próximamente, así como los simuladores para determinar montos a pagar o crédito.
¿Como se efectúa el pago del saldo?
Si de la declaración surge un saldo a pagar, los contribuyentes podrán efectuar el pago del saldo en cinco cuotas iguales de acuerdo con el siguiente calendario:
Cuotas - Vencimiento
1era - 30 de agosto de 2024
2da - 30 de setiembre de 2024
3era - 30 de octubre de 2024
4ta - 29 de noviembre de 2024
5ta - 26 de diciembre de 2024
Si de la declaración surge un saldo a favor del contribuyente, el mismo puede cobrarlo en efectivo a través de las redes de cobranza habilitadas o solicitar que le sea depositado en su cuenta bancaria.
Por otra parte, hay personas que no están obligadas a presentar la declaración jurada, pero es conveniente presentarla porque tienen derecho a un crédito, por haber anticipado mensualmente un mayor IRPF que el que le corresponde de forma anual.
¿Como surge la devolución automática de IRPF?
Las devoluciones automáticas aplican a los contribuyentes a los que se les retuvo en exceso en relación de dependencia, que hayan percibido durante el año un único ingreso de un único empleador y se encontraban trabajando en el mes de diciembre. No le corresponde a quienes hayan optado por la reducción de retenciones de IRPF por núcleo familiar.