¿A quiénes afectan las rebajas en el IRPF y el IASS?
Recientemente se dio a conocer la Ley 20.124 que determina cambios en el IRPF y el IASS. La misma no prevé cambios respecto a los que ya se habían dado a conocer anteriormente a través del Proyecto de Ley. Es de destacar que los cambios aplican para todo 2023, por lo cual, si bien para retenciones o anticipos se aplicarán desde abril, para el ajuste anual o la declaración jurada de 2023, se tomarán para todo el año.
Nuestros especialistas en derecho laboral han analizado esta nueva Ley. Comentaremos aquí a quiénes afectan las rebajas estipuladas en la Ley.
El IRPF grava los ingresos por trabajo a determinadas tasas escalonadas de 0% a 36%, y por otra parte permite descontar ciertas deducciones taxativas a determinada tasa. Los cambios en elIRPF se establecieron para estas deducciones, no para los ingresos.
Básicamente se permite descontarlos aportes personales a la Seguridad Social, un ficto por cada hijo menor a cargo y las cuotas de préstamos hipotecarios para quienes adquieran su vivienda. Estas deducciones no se descuentan directamente del IRPF de los ingresos, sino que la suma de las mismas se multiplica por una tasa del 8% o10%. Las deducciones por hijos, por cuotas de préstamos hipotecarios y las tasas de deducciones, fueron las tuvieron cambios, que explicaremos a continuación.
En lo que refiere a las tasas de deducciones, el 8% aplica sobre las deducciones de quienes tengan un ingreso bruto mensual mayor a $84.900 y no sufrió cambios, pero el 10% que aplicaba a quienes tenían un ingreso menor o igual a dicho monto, ahora aumentó a un 14%.Esto significa que estos contribuyentes podrán descontar un 4% más de sus deducciones.
Así, un trabajador dependiente sin hijos a cargo, sólo verá reducido su IRPF si gana hasta el monto señalado, y el impacto será como máximo de $666 mensuales.
Por su parte, quienes tengan hijos menores a cargo, tendrán una mayor deducción por este concepto. La deducción ficta por cada hijo menor a cargo era de 13 BPC anuales. Este ficto pasó a ser de 20 BPC anuales, que multiplicados por 8% o el nuevo 14%,representan una reducción de $264 o $708 en el IRPF por mes por hijo(recordemos que los hijos se pueden deducir por cualquiera de los 2 padres o en un 50% cada uno).
Por lo tanto, el mayor ahorro para un trabajador dependiente lo verá reflejado el que además de tener hijos a cargo, esté en la tasa del 14% de deducciones (es decir, que tenga ingresos hasta el monto señalado más arriba).
Por ejemplo, si estamos ante un trabajador que tenga 1 hijo a cargo y tenga ingresos hasta $84.900 nominales, verá un ahorro mensual en su IRPF de $1.424 como máximo ($708 por el hijo + 4%extra sobre sus aportes personales). Si este mismo trabajador tiene ingresos mayores al monto señalado, por ejemplo $85.000, su ahorro mensual de IRPF se reducirá a los $264 por hijo visto anteriormente.
Como conclusión, un trabajador dependiente con hijos a cargo verá reducida su carga tributaria independientemente de cuántos ingresos tenga, como mínimo $264 y como máximo $1.424 mensuales porhijo, por efecto de los dos cambios explicados.
Por último, en lo que refiere a vivienda única y permanente del contribuyente, se permitía deducir del IRPF los montos pagados por cuotas de préstamos hipotecarios, siempre que el costo de la vivienda no superara UI 794.000 (USD 110.000 aprox). Para esta deducción sólo cambió el tope del costo, que pasó a ser de UI 1 millón (USD 140.000 aprox.), por lo que más viviendas acceden a la deducción. A esto se le suma el efecto general de las tasas que para ciertos ingresos pasó de 10% a 14% como ya explicamos.
La normativa prevé otro descuento que se aplica directamente al impuesto, es decir pagando menos IRPF directamente sin pasar por las tasas del 8% o 14%, que también tuvo cambios. Este descuento es el crédito por arrendamiento de vivienda permanente. Quienes arriendan inmuebles bajo ciertas condiciones, podían descontar un 6% de dicho arrendamiento, y este porcentaje aumentó a 8%. Por ejemplo, para alquileres de$20.000 mensuales, el cambio representa unos $400 mensuales de descuento de IRPF como máximo (2%).
En lo que respecta al IASS, este impuesto grava las jubilaciones y pensiones a tasas escalonadas de 0% a 30% y no tiene deducciones admitidas. Por ello es que los cambios en este impuesto fueron en los ingresos gravados, aumentando el mínimo no imponible de 8 a 9 BPC. Es decir que antes por los primeros $45.280 no se pagaba IASS, y ahora este mínimo aumenta a $50.940. Esto implica un ahorro hasta $566 mensuales para los contribuyentes.
Es de destacar que el cambio previsto en el crédito por arrendamiento de vivienda permanente también aplica al IASS.
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