Introducción
El Proyecto de Ley de Presupuesto (“el Proyecto”), que fue recientemente aprobado por la Cámara de Diputados y se encuentra ahora en la órbita de la Cámara de Senadores para completar el procedimiento de sanción, incluyó ciertas modificaciones respecto al régimen vigente en materia de Zonas Francas.
En caso de aprobarse sin cambios respecto a la versión de Diputados, el Proyecto prevé una flexibilización en los porcentajes exigidos en cuanto a la contratación de ciudadanos uruguayos para obtener los beneficios de estos exclaves; a la vez que propone un cambio de denominación para la Dirección Nacional de Zonas Francas, que también trae aparejadas nuevas competencias para la Unidad.
 
Flexibilización en los porcentajes de personal uruguayo exigido
El régimen actual, dispuesto por la Ley nro. 15.921, del 17 de diciembre de 1987, establece que, en general, los usuarios deberán contar con un mínimo de 75% de ciudadanos uruguayos en todos los casos, con la posibilidad de que ese porcentaje sea reducido transitoriamente siempre que lo autorice el Poder Ejecutivo. Específicamente en los casos de usuarios que sean prestadores de servicios, ese porcentaje podrá bajar a 50%, siempre que la naturaleza del negocio así lo requiera.
Lo propuesto por el Proyecto supone que el porcentaje mínimo de personal uruguayo correspondiente a los prestadores de servicios sea de un 50% para todos los casos, sin importar la naturaleza del negocio. 
Además, tanto el 75% del régimen general como el 50% para los mencionados prestadores de servicios, podrían ser reducidos de forma transitoria, siempre que lo autorizase el Poder Ejecutivo en base a determinadas hipótesis que, en términos generales, supusiesen el impulso en la dinámica del comercio y favoreciesen los flujos de inversiones. Para estos casos, el Poder Ejecutivo podría solicitar a los usuarios la capacitación de personal con el objeto de alcanzar el porcentaje mínimo que fuera requerido. Una vez enviada esta solicitud de reducción de porcentaje, el Poder Ejecutivo contaría con 60 días. En caso de no pronunciarse, la solicitud se entendería como aprobada.
 
 La “Dirección Nacional de Zonas Francas” pasaría a ser la “Dirección Nacional de Incentivo a la Inversión”
El Proyecto elevado a la Cámara de Senadores prevé un cambio de nómina respecto a la Dirección Nacional de Zonas Francas, una de las Unidades Ejecutoras del Ministerio de Economía y Finanzas (“MEF”). 
La referida entidad, que a la fecha y según la normativa, tiene entre sus cometidos la “administración, supervisión y control de las Zonas Francas”, pasaría a denominarse “Dirección Nacional de Incentivo a la Inversión”. De acuerdo con el Proyecto, la Unidad quedaría asimismo encargada de asesorar al Poder Ejecutivo en materia de políticas de desarrollo de inversiones, competitividad, mejora del clima de negocios y vínculo con el sector privado, y de ejecutar o encomendar la ejecución a otras dependencias del Estado respecto a políticas de estímulo y mejora del clima de negocios a la inversión. 
Igualmente, se prevé la centralización en la nueva Dirección de la Comisión de Aplicación de la Ley de Inversiones y Promoción Industrial, que tiene como finalidad actuar realizando evaluaciones y recomendaciones en cuanto al otorgamiento de beneficios previstos por la Ley de Inversiones y Promoción Industrial.
 
Comentarios finales
Según lo revisado, las dos modificaciones previstas por el Proyecto se enfocan, idealmente, en dinamizar y fomentar la práctica inversora. 
En el primer caso, a través de la posibilidad de ampliar el espectro de situaciones comprendidas, generalizando el 50% de personal uruguayo contratado para todos los prestadores de servicios; y permitiendo eventualmente la reducción en el baremo para las restantes actividades. En este sentido, podría entenderse que el objetivo radicaría en atraer capital extranjero que vea simplificado este requisito para instalarse en las Zonas Francas.
Por otro lado, la Dirección Nacional del Incentivo a la Inversión parece consagrarse para efectivizar objetivos más amplios que la actual Dirección Nacional de Zonas Francas, que, si bien persigue fines similares, pasaría – en caso de sanción de la Ley – a tener atribuciones centradas en promover las buenas prácticas de negocios e inversiones.